A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Claimant Ugpp·Respondent Pedro Mora Rebolledo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Competencia de Tribunal Superior
- Competencia a prevención de todos los jueces
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de la Cruz (Nariño), la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, la Sección Cuarta del Consejo de Estado y la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Los despachos judiciales involucrados en el presente caso coincidieron en no asumir el conocimiento de la acción constitucional, al considerar que se desconocían las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1382 de 2000.
La Corte precisa que la precitada norma determina reglas de reparto y no de competencia.
En este sentido reitera que todos los jueces son competentes para conocer de acciones de tutela a prevención, de acuerdo con el artículo 86 de la Constitución y lo dispuesto en el Decreto 2591 de 1991.
Se decide el asunto ordenando la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, para que de manera inmediata adopte una determinación de fondo en primera instancia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la providencia proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad, fechada el once (11) de septiembre de dos mil catorce (2014), dentro del proceso de tutela interpuesta por la Unidad Administrativa Especial de Gestión pensional y parafiscales de la protección Social-UGPP.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la providencia proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, fechada el once (11) de agosto de dos mil catorce (2014), dentro del proceso de tutela interpuesta por la Unidad Administrativa Especial de Gestión pensional y parafiscales de la protección Social-UGPP.
- Tercero. DEJAR SIN EFECTOS la providencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, fechada el veintitrés (23) de julio de dos mil catorce (2014), dentro del proceso de tutela interpuesta por la Unidad Administrativa Especial de Gestión pensional y parafiscales de la protección Social-UGPP.
- Cuarto. REMITIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, el expediente que contiene la acción de tutela presentada por el accionante (ICC-2087) para que de manera inmediata adopte una determinación de fondo en primera instancia.
- Quinto. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado Promiscuo Municipal de la Cruz, Nariño, al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, al Consejo de Estado, Sección Cuarta y al Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que se entere de lo resuelto por la Corte Constitucional en relación con el aparente conflicto de competencia suscitado.
- Comuníquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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